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Seguridad y garantía de servicios

La Comisión Europea, DG XXIV, ha publicado una convocatoria relativa a la elaboración de un estudio sobre las necesidades, los objetivos, las opciones y el posible contenido de una acción comunitaria en el ámbito de la seguridad y garantía de servicios. Dicho estudio deberá ab...

La Comisión Europea, DG XXIV, ha publicado una convocatoria relativa a la elaboración de un estudio sobre las necesidades, los objetivos, las opciones y el posible contenido de una acción comunitaria en el ámbito de la seguridad y garantía de servicios. Dicho estudio deberá abordar principalmente los aspectos económicos y prácticos relacionados con este tema. El objetivo principal del estudio es proporcionar elementos jurídicos y datos que permitan a la Comisión evaluar el objetivo de esta acción en el campo de la seguridad de servicios a nivel comunitario. La evaluación de la Comisión se efectuará desde la perspectiva del mercado interno y la protección de los consumidores, prestándose especial atención a las repercusiones del principio de subsidiariedad. El estudio deberá establecer los criterios necesarios para decidir qué sectores de servicios pueden ser sometidos a consideración, a nivel comunitario, por lo que respecta a la seguridad y garantía de sus servicios, teniendo en cuenta para ello las competencias de la Comunidad, la subsidiariedad y la proporcionalidad. Asimismo, se deberán establecer criterios para la identificación de los problemas prácticos a los que se enfrentan los consumidores en estos sectores y para la identificación de los sectores de servicios en la UE en los que la seguridad y garantía de servicios representan una cuestión de suma importancia. El estudio deberá aplicar los mencionados criterios, recoger datos y realizar una evaluación cuantitativa y cualitativa de los sectores de servicios prioritarios que se someterán a consideración. La evaluación deberá incluir un estudio de la situación del mercado, prestando especial atención a los intercambios intracomunitarios. A tal fin, se recopilará el mayor número posible de datos estadísticos. También se tendrá en cuenta la demanda por parte de los consumidores de servicios de proveedores establecidos en otros Estados miembros distintos al suyo y la oferta por parte de proveedores de servicios a consumidores establecidos en otros Estados miembros distintos al suyo. Para más información, dirigirse a: Comisión Europea DG XXIV - Política de los Consumidores Unidad A/4 Rue de la Loi, 200 B-1049 Bruselas Fax +32-2-2991858