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La protección jurídica de los dibujos y modelos

Recientemente se publicó en el Diario Oficial la Directiva 98/71 sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos, que da a los Estados miembros dos años para establecer las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas necesarios para su cumplimiento. La legislación...

Recientemente se publicó en el Diario Oficial la Directiva 98/71 sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos, que da a los Estados miembros dos años para establecer las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas necesarios para su cumplimiento. La legislación confiere protección a los dibujos y modelos por uno o más periodos de cinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud, periodos que se pueden renovar hasta un total de 25 años. La legislación se aplica a los derechos sobre dibujos y modelos registrados en las oficinas centrales de la propiedad industrial de los Estados miembros y a los registrados en la Oficina de Diseños del Benelux, así como a los que se han registrado de conformidad con convenios internacionales que tengan efecto en un Estado miembro. En ausencia de una normativa armonizada sobre derechos de autor en la UE, esta nueva legislación se considera como un elemento importante para establecer una ley específica para la protección de dibujos y modelos registrados, dando libertad al mismo tiempo a los Estados miembros para que establezcan el grado de protección de los derechos de autor y las condiciones en que se confiere la protección. Responde además a la necesidad de dar una definición unitaria al concepto de dibujo y modelo y de los requisitos de novedad y carácter singular que han de cumplir los derechos sobre dibujos y modelos registrados.