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Posición común con respecto a la adopción del programa SOCRATES

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han adoptado una posición común con vistas a la adopción de la Decisión por la que se establece la segunda fase del programa de acción comunitaria en materia de educación, SOCRATES. Este programa deberá ejecutarse entre e...

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han adoptado una posición común con vistas a la adopción de la Decisión por la que se establece la segunda fase del programa de acción comunitaria en materia de educación, SOCRATES. Este programa deberá ejecutarse entre el 1 de enero del 2000 y el 31 de diciembre del 2006. En la Decisión se establece que, a fin de contribuir a desarrollar una educación de calidad y fomentar la educación permanente, respetando plenamente, al mismo tiempo, la responsabilidad de los Estados miembros, los objetivos del SOCRATES deben conseguirse por medio de las siguientes acciones: - 1 - enseñanza escolar (Comenius); - 2 - enseñanza superior (Erasmus); - 3 - educación de adultos y otros itinerarios educativos (Grundtvig); - 4 - enseñanza y aprendizaje de lenguas (Lingua); - 5 - formación abierta y a distancia, tecnología de la información y las comunicaciones en el ámbito de la educación (Minerva); - 6 - observación e innovación; - 7 - acciones conjuntas; - 8 - medidas de acompañamiento. Esas acciones comunitarias se aplicarán, en operaciones transnacionales que podrán combinar varias de ellas, mediante los tipos de medidas siguientes: - apoyo a la movilidad transnacional de las personas en el ámbito de la educación en Europa; - apoyo al uso de la tecnología de la información y las comunicaciones en la educación; - apoyo al desarrollo de redes de cooperación transnacionales que faciliten el intercambio de experiencias y de buenas prácticas; - promoción de las competencias lingüísticas y de la comprensión de las distintas culturas; - apoyo a proyectos piloto innovadores basados en asociaciones transnacionales que se propongan desarrollar la innovación y la calidad de la educación; - mejora continua del material de referencia comunitario mediante: -- la observación y el análisis de las políticas nacionales de educación; -- la observación y la difusión de buenas prácticas e innovaciones; -- un extenso intercambio de información. La dotación financiera para la ejecución del programa para el periodo contemplado será de 1.550 millones de euros. La Decisión entró en vigor el 22 de febrero de 1999.