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Las regiones desean que se adopte el uso de la firma electrónica

El Comité de las Regiones (CDR) ha puesto énfasis en la importancia de que se utilicen recursos disponibles en el ámbito del V Programa Marco para llevar a cabo acciones de sensibilización pública sobre las implicaciones de la firma electrónica. El Dictamen del CDR sobre la "P...

El Comité de las Regiones (CDR) ha puesto énfasis en la importancia de que se utilicen recursos disponibles en el ámbito del V Programa Marco para llevar a cabo acciones de sensibilización pública sobre las implicaciones de la firma electrónica. El Dictamen del CDR sobre la "Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un marco común para la firma electrónica" se ha publicado en el Diario Oficial. La Directiva propuesta tiene por finalidad garantizar el buen funcionamiento del mercado interior en el área de la firma electrónica, instituyendo un marco jurídico homogéneo y adecuado para su uso dentro de la Comunidad Europea, y definiendo criterios que fundamenten su reconocimiento legal. Las telecomunicaciones y el comercio electrónico mundiales dependen, según la propuesta, de la adaptación progresiva de la normativa nacional e internacional a la rápida evolución de la infraestructura tecnológica. Aunque, a menudo, proceder por analogía con las normas existentes brinda una solución satisfactoria, en ocasiones es necesario introducir modificaciones en función de las nuevas tecnologías para evitar efectos inadecuados e indeseados . Aunque las firmas digitales creadas con técnicas criptográficas se consideran en la actualidad como un tipo importante de firma electrónica, el marco reglamentario europeo, en opinión de la Comisión, debe poseer flexibilidad suficiente para regular otras tecnologías que puedan utilizarse con fines de autenticación. El CDR acoge favorablemente la propuesta de la Comisión y expresa su esperanza de que será examinada y aplicada cuanto antes, sobre todo, para minimizar las diferencias entre las legislaciones nacionales y los métodos utilizados en el sector privado y en las administraciones públicas. El Comité insta a la Comisión a que adopte las medidas necesarias para garantizar que el enfoque jurídico y reglamentario hacia la firma electrónica establecido en la propuesta sea aprobado también a nivel mundial. Si ello no es posible, la Comisión debería esforzarse en ajustar la directiva propuesta a las disposiciones de las iniciativas actuales más generales emprendidas en este ámbito a escala mundial. El Comité también señala el hecho de que la aprobación, no sólo en la Unión Europea sino también más allá de sus fronteras, de un marco jurídico y reglamentario sobre la firma electrónica puede contribuir en gran medida a reducir el período de adaptación de las nuevas regiones afectadas por la ampliación de la Unión y a acelerar el desarrollo de las infraestructuras de estas regiones. Además, el CDR considera que el desarrollo de nuevos servicios actualmente en curso tanto en las administraciones regionales y locales como en el sector privado exige que la normativa general en materia de firma electrónica sea lo más neutral posible desde el punto de vista tecnológico. Finalmente, el Comité considera que es muy importante extender rápidamente el uso de la firma electrónica. Un volumen suficiente de transacciones es una condición esencial tanto para los servicios comerciales de certificación como para la difusión del comercio electrónico. Es primordial, sobre todo desde el punto de vista regional, que los recursos disponibles en el ámbito del V Programa Marco y otros recursos de la Comisión se utilicen para aumentar la sensibilización pública sobre las posibilidades de utilización de la firma electrónica.