Programa (CEE) de cooperación entre la universidad y la empresa en materia de formación en el campo de las tecnologías (COMETT), 1986-1989
Esta fase inicial del programa tenía fundamento en una Decisión del Consejo del 2 de abril de 1963, en la que se establecían los principios generales para la ejecución de una política común de formación profesional. También estaba vinculada a la Resolución del Consejo del 2 de junio de 1983 relativa a medidas de formación profesional y nuevas tecnologías de la información, así como a otras medidas adoptadas por el Consejo para reforzar la cooperación tecnológica a nivel comunitario, incluidas las Decisiones relativas a ESPRIT, BAP, BRITE y al plan para estimular la cooperación y los intercambios científicos y técnicos europeos (STIMULATION 1C).
En la reunión de marzo de 1985, el Consejo Europeo reiteró la importancia de reforzar la base tecnológica y la competitividad de la industria y, en este contexto, subrayó la necesidad de una mejor utilización de los recursos humanos, en particular mediante el desarrollo de la cooperación entre la enseñanza superior y la industria.
El programa comprende una serie de proyectos transnacionales encaminados a reforzar la cooperación entre la universidad y la empresa en el marco europeo en materia de formación, tanto inicial como continuada, en respuesta al cambio tecnológico y a las transformaciones sociales.
Imprimir una dimensión europea a la cooperación entre la universidad y la empresa en el campo de la formación en lo referente a la innovación y las nuevas tecnologías, favoreciendo la elaboración conjunta de programas de formación, el intercambio de experiencias, la utilización óptima de los recursos en materia de formación a nivel comunitario y la mejora de la oferta de formación a nivel local, regional y nacional, así como mediante la identificación de las prioridades que requieren una acción suplementaria.
Cinco medidas:
- Red europea:
creación y desarrollo de una red europea de asociaciones universidad-empresa para la formación (AUEF), a la que la Comisión aportaba asistencia técnica y financiera;
- Intercambios transnacionales:
ayudas específicas y becas para fomentar el intercambio transnacional de personas en fase de formación, incluidos los recién graduados, así como de personal universitario y del mundo empresarial;
- Proyectos conjuntos de formación continuada:
ayudas para la concepción, puesta en marcha y experimentación, a escala europea, de proyectos conjuntos de formación continuada, en los ámbitos relacionadas con las nuevas tecnologías y emprendidos conjuntamente por empresas y universidades, así como apoyo a cursos de formación continuada para la rápida difusión, en la universidad y en la empresa, de los resultados de I+D en el ámbito de las nuevas tecnologías;
- Iniciativas multilaterales para el desarrollo de sistemas de formación por multimedios:
utilización de nuevas tecnologías de la información y de las comunicacioes;
- Medidas complementarias:
intercambios de información, análisis de los efectos de las nuevas tecnologías en las titulaciones y una mejor comprensión mutua de los obstáculos que se anteponían a la cooperación universidad-empresa en el ámbito de la formación avanzada.
La Comisión, con la asistencia de un comité compuesto por representantes de todos los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión, estuvo a cargo de la aplicación del programa, que consistía en una fase preparatoria (1986) seguida por una fase operativa (1987-1989).
Las medidas estaban orientadas a recién diplomados, representantes de empleadores y trabajadores, formadores y otros empleados.
El apoyo comunitario no excedió del 50% de los gastos elegibles. Los proyectos se seleccionaron, entre otras cosas, a partir de su carácter estimulante y ejemplar y de su contribución potencial a la intensificación de la cooperación en materia de formación entre la universidad y la empresa. La selección se realizó sin tener en cuenta la participación de las empresas pertinentes en proyectos comunitarios de I+D y se consideraron especialmente los requisitos de formación de las pequeñas y medianas empresas
La Comisión presentó informes anuales sobre la aplicación del programa al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité consultivo para la formación profesional y al Comite de Educación.
En la reunión de marzo de 1985, el Consejo Europeo reiteró la importancia de reforzar la base tecnológica y la competitividad de la industria y, en este contexto, subrayó la necesidad de una mejor utilización de los recursos humanos, en particular mediante el desarrollo de la cooperación entre la enseñanza superior y la industria.
El programa comprende una serie de proyectos transnacionales encaminados a reforzar la cooperación entre la universidad y la empresa en el marco europeo en materia de formación, tanto inicial como continuada, en respuesta al cambio tecnológico y a las transformaciones sociales.
Imprimir una dimensión europea a la cooperación entre la universidad y la empresa en el campo de la formación en lo referente a la innovación y las nuevas tecnologías, favoreciendo la elaboración conjunta de programas de formación, el intercambio de experiencias, la utilización óptima de los recursos en materia de formación a nivel comunitario y la mejora de la oferta de formación a nivel local, regional y nacional, así como mediante la identificación de las prioridades que requieren una acción suplementaria.
Cinco medidas:
- Red europea:
creación y desarrollo de una red europea de asociaciones universidad-empresa para la formación (AUEF), a la que la Comisión aportaba asistencia técnica y financiera;
- Intercambios transnacionales:
ayudas específicas y becas para fomentar el intercambio transnacional de personas en fase de formación, incluidos los recién graduados, así como de personal universitario y del mundo empresarial;
- Proyectos conjuntos de formación continuada:
ayudas para la concepción, puesta en marcha y experimentación, a escala europea, de proyectos conjuntos de formación continuada, en los ámbitos relacionadas con las nuevas tecnologías y emprendidos conjuntamente por empresas y universidades, así como apoyo a cursos de formación continuada para la rápida difusión, en la universidad y en la empresa, de los resultados de I+D en el ámbito de las nuevas tecnologías;
- Iniciativas multilaterales para el desarrollo de sistemas de formación por multimedios:
utilización de nuevas tecnologías de la información y de las comunicacioes;
- Medidas complementarias:
intercambios de información, análisis de los efectos de las nuevas tecnologías en las titulaciones y una mejor comprensión mutua de los obstáculos que se anteponían a la cooperación universidad-empresa en el ámbito de la formación avanzada.
La Comisión, con la asistencia de un comité compuesto por representantes de todos los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión, estuvo a cargo de la aplicación del programa, que consistía en una fase preparatoria (1986) seguida por una fase operativa (1987-1989).
Las medidas estaban orientadas a recién diplomados, representantes de empleadores y trabajadores, formadores y otros empleados.
El apoyo comunitario no excedió del 50% de los gastos elegibles. Los proyectos se seleccionaron, entre otras cosas, a partir de su carácter estimulante y ejemplar y de su contribución potencial a la intensificación de la cooperación en materia de formación entre la universidad y la empresa. La selección se realizó sin tener en cuenta la participación de las empresas pertinentes en proyectos comunitarios de I+D y se consideraron especialmente los requisitos de formación de las pequeñas y medianas empresas
La Comisión presentó informes anuales sobre la aplicación del programa al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité consultivo para la formación profesional y al Comite de Educación.