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Cooperación europea en el ámbito de la investigación científica y técnica (COST), 1971

 
El 21 de noviembre de 1991 COST celebró su 20º aniversario, y con esta ocasión y en respuesta a una Resolución del Consejo del 29 de junio de 1990 (Diario Oficial nº C 172 del 13.7.1990) la Conferencia Ministerial de Viena adoptó una Resolución ampliando el marco de cooperación de 19 a 23 Estados Europeos. De esta manera se unieron cuatro nuevos miembros -Checoslovaquia, Hungría, Polonia e Islandia- a los 19 miembros fundadores, es decir, los 12 Estados miembros de la CE más Noruega, Suecia, Finlandia, Suiza, Austria, Yugoslavia y Turquía. El 18 de junio de 1992, el Comité de Altos Funcionarios de COST decidió admitir también a Eslovenia y Croacia, aumentando así el número total de países miembros de COST a 25. El 1º de abril de 1993, los Altos Funcionarios de COST adoptaron una resolución para admitir a la República Checa y la República Eslovaca como miembros de pleno derecho, tras la división de la República Federal Checa y Eslovaca.

COST es, por encima de todo, un marco de cooperación pragmática en el cual hay diversos procedimientos para formular y concertar acuerdos para proyectos específicos de investigación y para el seguimiento de su ejecución, permitiendo la coordinación de proyectos llevados a cabo por sus países miembros o la participación de sus 13 países miembros no comunitarios en programas de la Comunidad.

Aunque no es una institución comunitaria, COST tuvo su origen en las recomendaciones formuladas por el Consejo de la CE en los años sesenta, entrando oficialmente en vigor los días 22 y 23 de noviembre de 1971 en una Conferencia Ministerial a la que asistieron los Ministros de Ciencia y Tecnología de los 19 países miembros originales. Durante esta Conferencia se firmaron siete acuerdos iniciales de proyectos intergubernamentales y se adoptó una Resolución General sobre cooperación en el ámbito de la investigación y desarrollo científicos y técnicos.

Los siete proyectos iniciales de COST correspondieron a los sectores de la informática (COST 11), las telecomunicaciones (COST 25), los materiales (COST 50, COST 53) y el medio ambiente (COST 61a, COST 64b, COST 68). Al final de 1976 se habían firmado otros tres acuerdos de proyectos intergubernamentales en los sectores de la meteorología (COST 70) y el transporte (COST 30, COST 33). Posteriormente se simplificaron los procedimientos para iniciar proyectos de COST, que registró un período de constante crecimiento, de modo que en 1990 se habían puesto en marcha bastante más de 100 proyectos.

COST fue el primer instrumento de política científica europea, que brindó una de las primeras oportunidades de cooperación entre investigadores de los países europeos, y en paralelo con COST se han establecido progresivamente estructuras destinadas a la política científica. Hay numerosos proyectos de COST, especialmente en los ámbitos de la informática y las telecomunicaciones y la ciencia de los materiales, que han contribuido a la elaboración de programas comunitarios orientados a la grande industria, como ESPRIT, RACE, EURAM y BRITE, pero también a otros sectores, como la protección del medio ambiente y la tecnología de los alimentos (FLAIR).

En su Resolución del 20 de junio de 1989 relativa a COST y las Comunidades Europeas (Diario Oficial nº C 171 del 6.7.1989) el Consejo reafirmó su opinión de que COST era un medio importante para promover la cooperación europea en el ámbito de la investigación científica y técnica e instó a la Comisión a que tuviera en cuenta la función complementaria que podía desempeñar COST con respecto al Programa Marco de la Comunidad.
Proporcionar un marco flexible para la ejecución de proyectos de investigación precompetitivos de interés para Europa correspondientes a necesidades claramente definidas y realizados a ser posible mediante cooperación entre la industria (especialmente las PYME), instituciones científicas, universidades y centros nacionales de investigación.
Once sectores:
- Informática;
- Telecomunicaciones;
- Transporte;
-Oceanografía;
- Materiales;
- Medio ambiente;
- Meteorología;
- Agricultura y biotecnología;
- Tecnología de los alimentos;
- Sociotecnologías;
- Investigación médica.

Se han establecido Comités Técnicos y se están preparando proyectos orientados a la solución de problemas en los siguientes sectores:
- Ciencias sociales;
- Investigación química;
- Bosques y productos forestales.

NOTA: El primer dígito de los números utilizados para identificar los proyectos de COST designa el sector de investigación al que pertenecen, de manera que los números de los proyectos de informática comienzan por 1, los de telecomunicaciones por 2, los de transporte por 3, etc. Después del noveno sector se utilizan letras: A para sociotecnologías, B para investigación médica, etc. Los proyectos de COST pertenecientes a la Categoría I no se identificaron con un número.
Los acuerdos intergubernamentales mediante los cuales quedaron cubiertos los primeros proyectos de COST requirieron procedimientos prolongados y la ratificación por los parlamentos nacionales, por lo que, para acelerar los procedimientos de puesta en marcha de los proyectos, se introdujo en 1977 un nuevo tipo de acuerdo, conocido como "Memorando de Acuerdo", y se adoptó oficialmente mediante Resolución del Consejo el 18 de julio de 1978 (Diario Oficial nº C 100 del 21.4.1979).

En esta Resolución también se especificaban cuatro categorías de posible cooperación en el marco de COST:
- Categoría I: Proyectos iniciados por la Comisión, formando parte integrante de los programas de la Comunidad y abiertos a la participación de los miembros no comunitarios de COST;
- Categoría II: Proyectos propuestos por COST e incorporados a programas comunitarios siguiendo una Decisión del Consejo (acuerdos de concertación Comunidad-COST);
- Categoría III: Proyectos de COST no relacionados con ningún programa comunitario, con participación paralela de cualquiera de los países miembros de COST, así como de la Comunidad como tal;
- Categoría IV: Proyectos de COST sin participación de la Comunidad como tal.

El Memorando de Acuerdo era sólo aplicable a las Categorías III y IV, a las que pertenecían la gran mayoría de los proyectos de COST.

En su Resolución del 20 de junio de 1989 relativa a COST y las Comunidades Europeas (Diario Oficial nº C 171 del 6.7.1989) el Consejo refrendó y aprobó una simplificación y redefinición de las categorías de COST, como sigue:
- Categoría A: Proyectos de acción concertada que forman parte integrante de un programa comunitario de I+D, abiertos con carácter multilateral a la participación de terceros Estados de COST;
- Categoría B: Proyectos de acción concertada que no forman parte integrante de un programa comunitario, propuestos por un Estado de COST o por la Comisión y en los que pueden participar los distintos Estados de COST y la Comisión.

El Memorando de Acuerdo solamente es aplicable a la Categoría B, que es la predominante.

Lo que sigue se refiere sobre todo a los proyectos de COST de la Categoría B, que son más específicos y representativos de la cooperación de COST.

Los mecanismos de COST están regidos por cuatro principios básicos:
- Todos los países miembros de COST, así como de la CE, pueden proponer proyectos de investigación;
- La Participación en estos proyectos es voluntaria y "a la carta", asociándose sólo los países interesados;
- La financiación de los proyectos es nacional (la financiación de la Comunidad se mantiene a un nivel mínimo y cubre principalmente gastos administrativos);
- La cooperación adopta la forma de "proyectos de acción concertada", que es la coordinación de proyectos de investigación nacionales.

La organización de los proyectos de COST se lleva a cabo en dos fases: preparatoria y de ejecución. De la fase preparatoria se ocupan básicamente un Comité de Altos Funcionarios CAF) y Comités Técnicos (CT) y Nuevos Grupos de Proyectos (NGP) específicos y de la de ejecución Comités de Gestión específicos.

El CAF está formado por representantes de los 19 países de COST y de la Comunidad, tiene a su cargo la estrategia global de la cooperación de COST y adopta decisiones sobre cada una de las propuestas de COST. Algunos miembros del Comité actúan como Coordinadores Nacionales de COST (CNC) para sus proyectos (un coordinador nacional para cada país) y la Secretaría General del Consejo proporciona la secretaría del CAF.

Los Comités Nacionales y los Nuevos Grupos de Proyectos son órganos consultivos del CAF y seleccionan los proyectos de investigación en algunos sectores específicos, examinan las propuestas pertinentes y formulan dictámenes técnicos sobre las propuestas para modificar proyectos ya en curso. Hay CT establecidos en varios sectores de la investigación en cooperación (CT de Telecomunicaciones, CT de Transportes, CT de Ciencias Sociales, etc.).

Los Comités de Gestión planifican con detalle, llevan a cabo y supervisan el trabajo que se ha de realizar durante la fase de ejecución, contando cada proyecto con su propio Comité de Gestión, cuyos miembros han de responder directamente ante sus autoridades nacionales.

Pueden proponer nuevos proyectos de COST científicos individuales, institutos de investigación o la industria, que presentan las propuestas al CT o NGP pertinente para su aprobación. A continuación la secretaría de COST, junto con el iniciador del proyecto, formula un Memorando de Acuerdo que regirá el tipo de actividad que se ha de llevar a cabo, los objetivos conjuntos, las condiciones de participación y la observancia de los derechos de soberanía y, en caso necesario, de protección. Posteriormente el Memorando de Acuerdo se somete a la aprobación del Comité de Altos Funcionarios y a la firma de las autoridades nacionales (cuatro firmas por lo menos).

Para incorporarse a un proyecto ya en marcha, los científicos particulares, los institutos de investigación o la industria presentan una solicitud a la Secretaría de COST y el Comité de Gestión del proyecto correspondiente examina la solicitud y la presenta a la autoridad nacional competente, que a su vez firma el Memorando de Acuerdo.

Cada uno de los países corre con los gastos de investigación y desarrollo de los proyectos, mediante la concesión de financiación o subvenciones especiales para la investigación o con el suministro de laboratorios de investigación y el personal necesario, y la Comisión se encarga de la coordinación y suministra la secretaría técnica de cada uno de los proyectos específicos (desde la preparación hasta el seguimiento de su ejecución). Los resultados parciales se presentan en informes anuales y en un informe final se detallan los resultados globales de la investigación.