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Dictamen del IRDAC sobre las normas propuestas para la participación y difusión de resultados en virtud del V Programa Marco

El Comité Consultivo de Investigación y Desarrollo Industrial (IRDAC) ha creado un grupo de trabajo que asesorará a la Comisión sobre la revisión del modelo de contrato para el V Programa Marco de IDT. Este nuevo modelo dependerá en gran medida del contenido de la Decisión rel...

El Comité Consultivo de Investigación y Desarrollo Industrial (IRDAC) ha creado un grupo de trabajo que asesorará a la Comisión sobre la revisión del modelo de contrato para el V Programa Marco de IDT. Este nuevo modelo dependerá en gran medida del contenido de la Decisión relativa a las normas sobre la participación y difusión de los resultados en virtud del V Programa Marco (que está siendo sometida a debate en la actualidad en el Consejo y el Parlamento). El IRDAC ha adoptado recientemente un dictamen sobre la propuesta de la Comisión relativa a dichas normas. Estas normas han sido concebidas para proporcionar un marco exhaustivo, coherente y transparente que facilite la armonización de todos los programas específicos. En opinión del IRDAC, la propuesta de la Comisión contiene una serie de mejoras con respecto a las normas actuales del IV Programa Marco, entre las que cabe destacar: - las normas en materia de participación y difusión se integrarán en un único proyecto de Decisión del Consejo (en la actualidad, de conformidad con el IV Programa Marco, existen dos decisiones diferentes); - se prestará una mayor atención a la explotación de los resultados de IDT, en vez de simplemente a la difusión de los mismos; - se incluirá la posibilidad de "derechos exclusivos" en la explotación de resultados; - los usuarios potenciales tendrán derecho a recibir financiación comunitaria en casos específicos autorizados. Con todo, el IRDAC ha señalado algunos aspectos de la propuesta de la Comisión que resultan preocupantes, como por ejemplo: - la introducción de terminología y definiciones nuevas y poco claras que no se ajustan a las prácticas actuales de la industria; - el establecimiento de un número excesivo de criterios para la elaboración y evaluación de propuestas; - los problemas que presentan los proyectos integrados (investigación y demostración), tanto por lo que se refiere a la "modulación" o mezcla de los niveles de financiación para ambas partes como a las normas que rigen los derechos de propiedad intelectual en la investigación de proyectos; - el hecho de que no se hayan especificado aún las disposiciones relativas a la participación de países terceros. Estas disposiciones deberán adaptarse mejor a las necesidades de la industria europea, especialmente por lo que respecta a la protección de la propiedad intelectual; - el ámbito de acción del plan de aplicación de la tecnología también habrá de adaptarse a la industria europea.

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