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Decisión para que la República Checa participe en los programas marco

El Consejo de Asociación ha acordado una Decisión entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por la otra, destinada a adoptar las condiciones y modalidades para la participación de la República Checa en el programa comunitario e...

El Consejo de Asociación ha acordado una Decisión entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Checa, por la otra, destinada a adoptar las condiciones y modalidades para la participación de la República Checa en el programa comunitario en el ámbito de las empresas pequeñas y medianas (PYME). La Decisión se acordó el 25 de noviembre de 1998. La Decisión significa que la República Checa puede participar en programas marco comunitarios, programas específicos, proyectos u otras acciones comunitarias, en particular en el ámbito de las PYME. El Consejo de Asociación también decidió que la República Checa debería participar en el tercer programa plurianual para las PYME de la Unión Europea, en vigencia entre 1997 y 2000. De acuerdo con los términos y modalidades, la República Checa deberá incluir un número mínimo de socios de los Estados miembros, a fin de garantizar la dimensión comunitaria de los programas, los proyectos transnacionales y las actividades que se propongan. La República Checa aportará una contribución anual al presupuesto general de las Comunidades Europeas, con el objeto de cubrir los gastos que resulten de su participación en el programa. La Decisión entró en vigor el 1 de diciembre de 1998.

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