Skip to main content
European Commission logo
español español
CORDIS - Resultados de investigaciones de la UE
CORDIS

Article Category

Contenido archivado el 2022-12-02

Article available in the following languages:

La Comisión de Control Presupuestario aprueba una oficina antifraude independiente

La Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo (PE) ha dado luz verde al establecimiento, tan pronto como sea posible, de una oficina de la Unión Europea para la prevención de fraudes. El informe aprobado contempla una propuesta de reglamento relativo a las inves...

La Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo (PE) ha dado luz verde al establecimiento, tan pronto como sea posible, de una oficina de la Unión Europea para la prevención de fraudes. El informe aprobado contempla una propuesta de reglamento relativo a las investigaciones que esa oficina deberá llevar a cabo y está comprendido en el nuevo procedimiento de codecisión del PE y el Consejo, que entrará en vigor el 1 de mayo de 1999. El texto del reglamento propuesto es el fruto de una estrecha cooperación y acuerdo alcanzado por el grupo de alto nivel ad hoc compuesto por el Parlamento, el Consejo y la Comisión. El grupo efectuó cambios importantes, en conformidad con sugerencias del Parlamento, a la propuesta inicial de la Comisión. El texto modificado define con mayor precisión las tareas y derechos de investigación de la nueva oficina (OLAF), que sustituye a UCLAF. Ésta podrá realizar investigaciones en los Estados miembros y las administraciones de todos las instituciones y organismos comunitarios, con el objetivo de proteger los intereses financieros de la Comunidad y garantizar que se abarquen todo tipo de irregularidades, que podrían estar sujetas a medidas administrativas o enjuiciamiento penal. OLAF gozará de completa independencia operativa. A su frente estará un director (que se nombrará mediante consultas entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo), quien tendrá la obligación de enviar directamente a las autoridades judiciales cualquier información obtenida por la oficina en sus investigaciones internas, relativa a asuntos que puedan estar sujetos a imputación penal. Su personal contará con más miembros que los de UCLAF y la oficina estará sujeta al control de un Comité Supervisor formado por cinco expertos independientes cualificados. El director de OLAF podrá presentarse ante el Tribunal de Justicia para proteger la independencia de OLAF. Esta oficina informará no sólo a la Comisión, sino también al Parlamento, al Consejo y al Tribunal de Cuentas sobre sus investigaciones. El procedimiento de adopción de los textos necesarios para el establecimiento de OLAF ya está en curso. La Comisión tiene que adoptar una decisión que establezca la Oficina europea para la prevención de fraudes (OLAF) como sustituta de UCLAF. Paralelamente, el Parlamento y el Consejo adoptarán el reglamento modificado en lectura única mediante el procedimiento de codecisión. El Parlamento tomará su decisión final en la sesión parcial de mayo en Estrasburgo. El Consejo se ha comprometido a aprobar el texto el 25 de mayo de 1999. Además, se adoptará un acuerdo interinstitucional entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión, que todas los demás instituciones y organismos de la UE podrán suscribir, con vistas a establecer de manera precisa los procedimientos para las investigaciones de OLAF en esas instituciones y organismos. Por lo tanto, se espera que el marco necesario para la instauración de OLAF esté listo para el 1 de junio de 1999.

Artículos conexos