La Comisión propone un umbral mínimo y normas para el etiquetado de productos modificados genéticamente
El Comité Permanente de Productos Alimenticios ha dado su opinión favorable a dos proyectos de reglamento de la Comisión relativos al etiquetado de organismos modificados genéticamente (OMG). Según la Comisión, estas medidas reforzarían la certeza jurídica de fabricantes y consumidores, por una parte, a través de la introducción de un umbral mínimo de etiquetado de un uno por ciento en los ingredientes considerados por separado, y por otra, haciendo que los alimentos con contenido en aditivos y aromatizantes producidos a partir de los OMG estén sujetos a las mismas normas de etiquetado que los comprendidos en el Reglamento sobre Nuevos Alimentos. No obstante este proyecto de reglamento no pretende establecer normas para la utilización de etiquetas con el logotipo sin OMG. El objetivo de este umbral mínimo es resolver el problema que se presenta a los fabricantes que, por una parte deben evitar la presencia en sus productos de OMG, pero que no obstante se encuentran con que en ocasiones estos pueden contener un pequeño porcentaje de material OMG como consecuencia de una contaminación accidental. El umbral que se propone se aplica exclusivamente a productos que ya han recibido la autorización para el consumo humano en la Unión Europea y será aplicado siempre que los fabricantes cumplan las siguientes condiciones: - El origen de los productos modificados genéticamente ha de ser accidental, lo que significa que los fabricantes deberán aportar pruebas de que han evitado el uso de OMG en el proceso de fabricación; - La proporción del producto genéticamente modificado de forma accidental no deberá sobrepasar el 1 por ciento de cada ingrediente considerado por separado. Las propuestas de la Comisión en cuanto a la preparación de normas de etiquetado para productos que contienen aditivos y aromatizantes producidos a partir de OMG han sido muy bien acogida en diversos ámbitos porque, hasta ahora, este tipo de alimentos no han estado sujetos a ninguna norma de1 etiquetado. La propuesta tiene por objeto asegurar que los alimentos que contienen aditivos o aromatizantes derivados de OMG son etiquetados de igual forma que aquellos que contienen otros ingredientes modificados genéticamente. Por ejemplo: - Cuando los aditivos o aromatizantes contienen un organismo genéticamente o consisten en dicho tipo de organismo; - Cuando plantean un determinado problema de tipo ético o por lo que se refiere a su seguridad (alergias, por ejemplo); - Cuando no son equivalentes a los productos correspondientes producidos de forma convencional (por ejemplo, cuando contienen proteínas o DNA como resultado de su modificación genética). La Comisión espera poder adoptar estas medidas antes del nuevo año.