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La Comisión adopta una nueva definición de PYME para fomentar la competitividad

La Comisión Europea ha adoptado una nueva definición de microempresa y de pequeña y mediana empresa (PYME), con el objetivo de fomentar la competitividad de las pequeñas empresas europeas. Las PYME y las microempresas se definen actualmente según las normas establecidas en 19...

La Comisión Europea ha adoptado una nueva definición de microempresa y de pequeña y mediana empresa (PYME), con el objetivo de fomentar la competitividad de las pequeñas empresas europeas. Las PYME y las microempresas se definen actualmente según las normas establecidas en 1996. Las nuevas normas, anunciadas en Bruselas el 8 de mayo, tienen en cuenta los incrementos de precios y productividad, y elevan considerablemente los límites financieros que ayudan a definir la categoría a la que pertenece una empresa concreta. Los límites de plantilla, sin embargo, permanecerán idénticos. El Comisario de Empresa y Sociedad de la Información, Erkki Liikanen, señaló: "Las pequeñas y medianas empresas constituyen la columna vertebral de la economía europea. Son la clave del espíritu empresarial y de la innovación de la UE y, por tanto, esenciales para garantizar la competitividad de la Unión. La definición adecuada de las empresas incluidas en dicha categoría facilita la determinación de sus necesidades y el desarrollo de políticas eficaces que subsanen los problemas específicos derivados de sus dimensiones reducidas". Los cambios de umbral se centran en el volumen de negocio y el balance general máximo de cada categoría. Para las microempresas -empresas con un máximo de 10 trabajadores-, estas cantidades, no definidas anteriormente, se elevan en cada caso a dos millones de euros. Para las pequeñas empresas -con menos de 50 empleados-, el límite máximo de volumen de negocio aumenta de 7 a 10 millones de euros, mientras el balance general pasa de 5 a 10 millones de euros. Las medianas empresas serán definidas en lo sucesivo como empresas con menos de 250 trabajadores, cuyo volumen de negocio se sitúa por debajo de 50 millones de euros y cuyo balance general no excede de 43 millones de euros. Los límites hasta ahora estaban fijados en 40 millones de euros y 27 millones de euros, respectivamente. Con estos cambios, la Comisión espera estimular el crecimiento y el espíritu empresarial, y animar a las PYME a invertir en investigación e innovación. Se espera que esta revisión al alza de los límites financieros en cada categoría favorezca a aquellas empresas que invierten su capital, con el consiguiente incremento de la investigación, y, por ende, de la innovación. La hasta ahora inédita definición de umbrales financieros precisos para las microempresas debería facilitar la creación de programas nacionales y regionales de apoyo dirigidos específicamente a dicha categoría de empresas. Asimismo, se reconocen como empresas las actividades incluidas en el ámbito de la economía social y las actividades de artesanía. Con el fin de que a escala nacional y comunitaria el periodo de transición se desarrolle sin problemas, las nuevas definiciones se introducirán oficialmente el 1 de enero de 2005.