Skip to main content
Ir a la página de inicio de la Comisión Europea (se abrirá en una nueva ventana)
español es
CORDIS - Resultados de investigaciones de la UE
CORDIS

Article Category

Contenido archivado el 2023-03-02

Article available in the following languages:

Los Acuerdos de Terceros Países para el VIIPM se aplicarán a partir enero de 2007

La Comisión europea ha publicado una declaración que presenta un balance detallado de los Acuerdos de Terceros Países para el VII Programa Marco (VIIPM). Se prevé que el acuerdo que asocia a Israel y Suiza al VIIPM se aplique provisionalmente a partir de 1 de enero de 2007. ...

La Comisión europea ha publicado una declaración que presenta un balance detallado de los Acuerdos de Terceros Países para el VII Programa Marco (VIIPM). Se prevé que el acuerdo que asocia a Israel y Suiza al VIIPM se aplique provisionalmente a partir de 1 de enero de 2007. «Por el presente acuerdo se informa a los proponentes que, sujetas al cumplimiento del procedimiento de toma de decisiones, las entidades jurídicas establecidas en Israel y Suiza respectivamente podrán recibir aportaciones de la Comunidad para contratos firmados después de esta fecha», declara la Comisión. Para que participen Noruega, Islandia y Liechtenstein, el Comité Conjunto del Espacio Económico Europeo (EEE) debe enmendar primero el acuerdo del EEE. Sujetas al cumplimiento de este procedimiento, las entidades jurídicas de estos países podrán recibir aportaciones comunitarias para proyectos auspiciados por el VIIPM a partir del 1 de enero. También se prevé que los Memorandos de Acuerdo que asocian a Turquía, Croacia y Serbia al VIIPM entren en vigor a partir del 1 de enero de 2007. Los investigadores de estos países podrán recibir financiación comunitaria una vez que los procedimientos internos hayan finalizado y hayan entrado en vigor los Memorandos de Acuerdo.

Países

Suiza, Croacia, Israel, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Turquía

Mi folleto 0 0