La Comisión fomentará el desarrollo de las tecnologías de protección de la intimidad
Con fecha de 2 de mayo, la Comisión Europea ha adoptado una nueva Comunicación que pretende concretar las ventajas de las tecnologías de protección de la intimidad (PET) y promover su desarrollo. El derecho a la protección de los datos personales está recogido en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Además, las Directivas sobre la protección de datos y la intimidad en las comunicaciones electrónicas exponen con detalle las obligaciones del responsable del tratamiento de los datos y qué ocurre si se infringen los derechos del sujeto sobre el que versan los datos. Aunque las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) han reportado numerosos beneficios a los consumidores, también acarrean diversos riesgos como la usurpación de la identidad, la clasificación discriminatoria de personas y el fraude. «Los servicios en línea ofrecen a la ciudadanía gran cantidad de beneficios y comodidades, así como enormes ventajas competitivas para las empresas europeas», comentó Viviane Reding, Comisaria de la Sociedad de la Información y los Medios de Comunicación. «No obstante, para que esos servicios gocen de un crecimiento a gran escala e impulsen así la economía de Europa, los ciudadanos deberán poder confiar lo suficiente en que su intimidad y sus intereses profesionales legítimos se están protegiendo como es debido.» Las PET pueden contribuir a que los sistemas de información y comunicación cumplan la normativa referente a la protección de datos y a que resulte más difícil infringir dicha normativa desde el punto de vista técnico. Por ejemplo, las herramientas de cifrado pueden impedir que los piratas informáticos accedan a información transmitida por Internet y, además, ayudar al responsable del tratamiento de los datos a adoptar medidas que protejan los datos personales contra su tratamiento ilícito. Los «cookie cutters» pueden bloquear las cookies o chivatos colocados en un ordenador para que obedezca determinadas instrucciones a espaldas del usuario. También se pueden instalar programas de datos que oculten la identidad de los sujetos sobre quienes versan los datos una vez no sea necesaria su identificación para los fines con los que, en un principio, se habían recabado los datos. Esta nueva Comunicación resalta la necesidad de concretar los requisitos tecnológicos para las PET y de financiar más investigaciones sobre ellas. Con el Sexto Programa Marco (6PM), la UE invirtió más de 18 millones de euros para investigar las PET, cifra que probablemente se incrementará de forma considerable en los próximos años. Además, la Comisión fomentará el desarrollo de estas tecnologías mediante varias demostraciones piloto a gran escala. Asimismo, la Comisión planea promover el uso de las PET por parte de la industria y los poderes públicos; encargarse de que se establezcan normas adecuadas que regulen las PET; y aumentar la concienciación de los consumidores con respecto a estas tecnologías, concretamente mediante un sistema de sellos de garantía de la privacidad para toda la UE que ayude al consumidor a reconocer los productos o servicios que tienen incorporadas las PET necesarias para proteger sus datos.