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Acuerdo relativo a la segunda fase del programa de transporte combinado PACT

Se acaba de publicar en el Diario Oficial el Reglamento del Consejo por el que se adopta la segunda fase del programa de asistencia a proyectos innovadores de transporte combinado PACT, en cuyo marco hay disponible financiación de la Unión Europea para proyectos que puedan con...

Se acaba de publicar en el Diario Oficial el Reglamento del Consejo por el que se adopta la segunda fase del programa de asistencia a proyectos innovadores de transporte combinado PACT, en cuyo marco hay disponible financiación de la Unión Europea para proyectos que puedan contribuir a un mayor uso del transporte combinado, y en consecuencia a la transferencia de fletes de las carreteras a sistemas de transporte menos nocivos para el medio ambiente. La segunda fase de PACT comprende de 1997 al 2001 y tiene un presupuesto total de 35 millones de ecus. El transporte combinado tiene por objeto el desplazamiento de mercancías por carretera al comienzo y al final del recorrido y el transporte por ferrocarril, por cursos de agua dulce o marítimo en la parte intermedia. La finalidad es asegurar que los sectores de carretera sean lo más cortos posible en proporción al recorrido total. Los proyectos que recibirán apoyo podrán: - Aumentar la competitividad del transporte combinado en comparación con el realizado exclusivamente por carretera; - Promover el uso de tecnología avanzada en el transporte combinado; - Mejorar las posibilidades de suministro de servicios de transporte combinado. Los proyectos deben constituir medidas operacionales innovadoras o bien estudios de viabilidad en preparación de tales medidas. Con respecto a las medidas operacionales, la financiación de la Comunidad se limitará a un máximo del 30% de los costes, y para los estudios de viabilidad no superará el 50% de los costes. En cuanto a los proyectos ejecutados en Estados miembros de la UE, los financiados deberán ajustarse a las directrices para las redes de transporte transeuropeas. Los proyectos también podrán comprender rutas situadas en parte fuera de la UE, siempre que sean en interés de la política común de transporte, en cuyo caso podrán examinarse otras fuentes de financiación comunitaria para los sectores de fuera de la UE, por ejemplo el programa de asistencia técnica PHARE para los países de Europa central y oriental.

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