Nuevo sistema de clasificación de residuos radiactivos sólidos
La Comisión Europea ha publicado recientemente información relativa a un sistema de clasificación de residuos radiactivos sólidos cuyo objetivo principal es mejorar la comunicación y facilitar la gestión de la información relacionada con dichos residuos. En el anexo a su recomendación, la Comisión ofrece detalles sobre cuestiones más complejas. En lo esencial, sin embargo, la Comisión plantea que debería establecerse un adecuado instrumento descriptivo que permita a los poseedores de residuos radiactivos proporcionar una descripción normalizada y fácilmente comprensible de la naturaleza de éstos a los responsables políticos y la población. La Comisión tiene la obligación de presentar periódicamente al Consejo un análisis del estado y las perspectivas de gestión de residuos radiactivos en la Comunidad Europea, en cumplimiento de una resolución adoptada por el Consejo en 1992. La misma requiere, de manera particular, que la Comisión preste especial atención a los requisitos de seguridad y protección medioambiental, así como a las necesidades de los programas nucleares y actividades en que intervengan radioisótopos. Por consiguiente, la Comisión recomienda que los Estados miembros y la industria nuclear adopten un sistema común de clasificación de residuos radiactivos, que se utilice para proporcionar información a la población, instituciones nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales. El sistema no debe, sin embargo, sustituir criterios técnicos relacionados con consideraciones especiales de seguridad (tales como el otorgamiento de licencias a instalaciones). El sistema de clasificación propuesto incluiría tres categorías de residuos radiactivos sólidos: - Residuos radiactivos de transición: - - Éstos serían los residuos, principalmente de origen médico, que se desintegran durante su almacenamiento temporal y que luego pueden gestionarse fuera del sistema de control reglamentario (sujeto a su conformidad con ciertos valores de liberación); - Residuos de actividad baja y media: - - Según el sistema de clasificación propuesto, la concentración de radionúclidos en los residuos de actividad baja y media es tal que la cantidad de radiación emitida durante su evacuación es "suficientemente baja". Los valores aceptables de emisión de "energía térmica" se determinarán en función de los emplazamientos individuales, mediante evaluaciones de seguridad. Los residuos de baja y media actividad se subclasificarán en residuos de corta o larga vida. - Residuos de alta actividad: - - Residuos con una concentración tal de radionúclidos que, durante su almacenamiento y evacuación, deberá tenerse en cuenta la generación de energía térmica. La Comisión recomienda la utilización de este sistema de clasificación por los Estados miembros hasta el 1 de enero de 2002, fecha en que se reexaminarán sus criterios.