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¿Alterada la investigación médica por una sentencia del TJCE?

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha desestimado la impugnación interpuesta por los Países Bajos contra una Directiva comunitaria sobre patentes biotecnológicas de 1998. La Directiva, aprobada en 1998 y de incorporación al Derecho nacional de los Esta...

El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) ha desestimado la impugnación interpuesta por los Países Bajos contra una Directiva comunitaria sobre patentes biotecnológicas de 1998. La Directiva, aprobada en 1998 y de incorporación al Derecho nacional de los Estados miembros prevista para julio de 2000, autoriza las empresas para adquirir patentes de inventos biotecnológicos de origen animal, humano o vegetal, en determinadas condiciones. La impugnación presentada por los Países Bajos y secundada por Italia y Noruega descansa en la convicción de que la Directiva no hace sino vulnerar la dignidad humana al autorizar la adquisición de patentes sobre partes del cuerpo humano. El Tribunal desestimó la reclamación, aclarando que no podrían ser objeto de patentes las partes humanas, sino únicamente los procedimientos derivados de éstas. A modo de ejemplo, especificó que, mientras que el descubrimiento de un gen no puede ser objeto de patente, en cambio sí puede serlo el uso que de él se haga. El Tribunal opina que la Directiva ofrece "protección suficiente" para que el cuerpo humano no se convierta en invención patentable. Entre quienes apoyan la impugnación neerlandesa, se escucharon voces de alarma ante la perspectiva de que, con la opción de patentar descubrimientos de la investigación médica privada, la investigación pública acabe siendo, o más cara, o imposible. El Fiscal General Francis Jacobs alegó que no se había interpretado correctamente la impugnación. Según se informó, los partidarios de la demanda, entre los que se incluye el partido de los Verdes, se mostraron disgustados por la decisión.

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