En el VIPM la Comisión simplificará las reglas sobre responsabilidad
La Comisión Europea podría implantar procedimientos simplificados de responsabilidad y gestión en las acciones comunitarias de investigación del VI Programa Marco (VIPM), como respuesta a comentarios procedentes de investigadores y de las demás instituciones de la UE. Una nota oral emitida por la Comisión afirma que, si bien son rigurosos, los procedimientos actuales para la ejecución de las acciones de investigación de la CE correspondientes al V Programa Marco (VPM) de investigación originan críticas. En esa nota se destaca el requisito de efectuar una evaluación financiera previa de los participantes, y que quienes no la superen deben aportar una garantía bancaria o realizar tareas sin pagos anticipados. El documento señala asimismo una falta de flexibilidad en el actual contrato tipo. Por ejemplo, cualquier cambio significativo en la distribución presupuestaria, aunque no supere los límites de la contribución financiera de la Comunidad, necesita la aprobación previa de la Comisión. En el documento se afirma que la Comisión desea que en el VI Programa Marco (VIPM) de investigación los procedimientos se simplifiquen. Propone un "giro radical" en el modelo actual de gestión, con "reglas y contratos más flexibles, y una reducción sustancial del papeleo administrativo." Esto incluirá la eliminación de los controles financieros previos y pondrá fin a la solicitud de garantías bancarias por parte de la Comisión. Además, la aportación financiera comunitaria se otorgará al consorcio en conjunto, y los participantes podrán decidir acerca de su utilización para los objetivos del proyecto en el que están trabajando. El consorcio recibirá un pago anticipado anual del 85 por ciento del presupuesto necesario, y el 15 por ciento restante se adjudicará al final de cada ejercicio, una vez aceptados los documentos referentes a la ejecución de las actividades. En virtud del actual Programa Marco, la Comisión retiene el 15 por ciento del total de la contribución hasta el final del proyecto. También se racionalizarán los procedimientos dedicados a tratar los cambios secundarios, por ejemplo las adaptaciones del plan de trabajo o la composición del consorcio. Se ha introducido asimismo el principio de "responsabilidad solidaria ilimitada", sistema contractual en el que los miembros de un consorcio son responsables en conjunto e individualmente de los riesgos relacionados con su trabajo como equipo, con objeto de permitir más autonomía a los contratistas. El documento declara que este principio ayudará a establecer asociaciones sólidas entre los investigadores, que a su vez "contribuirá a la estabilidad y la satisfactoria ejecución de su proyecto de investigación, lo cual favorecerá a los socios pertinentes y reforzará el espacio europeo de investigación." La aplicación de este principio queda limitada a la contribución comunitaria, y por consiguiente, nunca superará el valor de la ayuda financiera facilitada por la Comunidad. Los participantes decidirán libremente la distribución de la responsabilidad entre ellos, y contratarán seguros que cubran tal responsabilidad. En caso de que la Comisión Europea no tenga más remedio que aplicar el principio de la "responsabilidad solidaria", el consorcio podrá proponer una solución adecuada para reparar los perjuicios, por ejemplo llevar a cabo el trabajo no realizado o realizar tareas adicionales que superen el valor de la contribución financiera comunitaria en cuestión. La Comisión apelará a la "responsabilidad solidaria" de los participantes únicamente cuando el consorcio no proponga una solución satisfactoria o se niegue a llevar a cabo las acciones requeridas. En tal hipótesis, será necesario que se produzca una devolución, y en casos extremos, la Comisión podrá rescindir el contrato. El principio de "responsabilidad solidaria" no se aplicará a los programas de becas ni a las PYME en el caso de acciones investigadoras específicas de "investigación colectiva y en colaboración".