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IDT en relación con la política de cooperación para el desarrollo de la UE

El Consejo para el Desarrollo de la UE, formado por los ministros para el desarrollo del exterior de los Estados Miembros, aprobó un resolución sobre IDT relativa a la política de cooperación para el desarrollo de la UE en su reunión en Luxemburgo del 5 de junio de 1997. El C...

El Consejo para el Desarrollo de la UE, formado por los ministros para el desarrollo del exterior de los Estados Miembros, aprobó un resolución sobre IDT relativa a la política de cooperación para el desarrollo de la UE en su reunión en Luxemburgo del 5 de junio de 1997. El Consejo recalca la función estratégica que la IDT podría desempeñar para aumentar el desarrollo sostenible, y hace notar la preparación actual del V Programa Marco, que contiene una sección sobre cooperación internacional. La reciente comunicación de la Comisión sobre cooperación en materia de IDT con países en desarrollo fue acogida con beneplácito, así como su estrategia general para promover el desarrollo sostenible y facilitar la integración de los países en desarrollo en la economía mundial. Esta estrategia, señala la resolución, debe definir un enfoque coherente y coordinar las acciones emprendidas, sirviéndose de los dos diferentes instrumentos disponibles: el programa de cooperación internacional del Programa Marco de IDT y los programas de cooperación para el desarrollo. A continuación el Consejo establece los principios generales sobre los que debe basarse la cooperación: - colaboración tanto a nivel de política como operacional; - diferenciación, con el fin de tener en cuenta las distintas necesidades y circunstancias de países y regiones; - hacer de la investigación del desarrollo parte integral de los programas y políticas al respecto; - un enfoque integrado para resolver problemas, que incluya la colaboración interdisciplinaria, y la participación de usuarios finales. De acuerdo con la resolución, es necesario entablar un diálogo de carácter político sobre las necesidades y prioridades en materia de IDT con los países en desarrollo que incluya a los gobiernos, comunidades del ámbito de la investigación y la sociedad civil. El Consejo concede particular importancia a la formación de instituciones y a la consolidación de la capacidad de investigación de los países en desarrollo. En su opinión, conviene incorporar en el V Programa Marco actividades específicas para la cooperación en el campo de la investigación para el desarrollo sostenible, mientras que por otra parte habría que dedicar una proporción adecuada de los recursos para el desarrollo a las actividades de IDT. La coordinación, tanto dentro de la Comisión como entre los Estados Miembros y la Comisión, es de la mayor importancia para garantizar la coherencia y la complementariedad. El Consejo también se muestra de acuerdo con la intención de la Comisión de convocar un grupo de expertos sobre investigación del desarrollo que preste asistencia en este particular. El Consejo sugiere que este grupo, formado por representantes de los Estados Miembros, además invite a representantes de países en desarrollo a participar cuando se considere adecuado.

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