El Parlamento Europeo aprueba la prohibición de los ensayos con animales y la comercialización de éstos en la industria cosmética
El Parlamento Europeo aprobó el 15 de enero un acuerdo de conciliación referente al comienzo de la eliminación del uso de animales en los ensayos y la comercialización de productos e ingredientes cosméticos. El acuerdo constituye la séptima enmienda a la directiva 76/768/CEE sobre cosmética. El objetivo principal de la directiva es la armonización de las leyes nacionales referentes a los productos cosméticos, con el propósito de mejorar el bienestar de los animales sin poner en peligro la seguridad de los consumidores y la protección de la salud humana. La directiva encarga a la Comisión Europea que establezca calendarios para la prohibición de la comercialización de productos cosméticos. Dentro de seis años entrará en vigor la prohibición de los ensayos y el comercio siempre que se disponga de métodos alternativos para ensayar los cosméticos. Sin embargo, cuando no existan alternativas, por ejemplo en el caso de los ensayos sobre toxicidad de dosis reiteradas, toxicidad reproductiva o toxicocinética, se prohibirá el comercio a partir de los 10 años de la fecha de entrada en vigor de esta directiva. La Comisión Europea acogió con entusiasmo el acuerdo de conciliación. "La solución escogida aporta un auténtico beneficio al bienestar animal, y al mismo tiempo, salvaguarda la protección de la salud de los consumidores y nuestros compromisos internacionales," afirmó el Sr. Erkki Liikanen, Comisario europeo de Empresa y Sociedad de la Información, con respecto al acuerdo. En el acuerdo también se han aprobado disposiciones específicas acerca de los requisitos de etiquetado de 26 sustancias alergénicas y la mejora de los requisitos de seguridad en los productos para niños y para la higiene íntima. Asimismo, establecerá la introducción de una "fecha posterior a la apertura" en las etiquetas de los productos, es decir una fecha límite de utilización de un producto una vez abierto el envase. Se prohibirán, además, determinadas sustancias clasificadas como cancerígenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción. El Sr. Liikanen expuso con claridad la opinión de la Comisión: "Para la Comisión, uno de los elementos clave es el incentivo que se conceda al desarrollo de métodos alternativos y la mejora del proceso de validación." La directiva estipula que los métodos alternativos para los ensayos serán validados y adoptados en el ámbito comunitario, o aprobados como científicamente validados por el Centro Europeo para la Validación de Métodos Alternativos (CEVMA), que forma parte del Instituto de Sanidad y Protección de los Consumidores en el Centro Común de Investigación de la Comisión Europea. El Sr. Liikanen calificó las disposiciones tomadas para convertir en obligatorio el uso de todos los métodos alternativos lo antes posible, y apenas hayan sido validados científicamente, como "[...] un adecuado mejoramiento del bienestar animal y una clara señal política." La directiva también exige una mejor coordinación de recursos en el ámbito comunitario para aumentar el conocimiento científico indispensable para el desarrollo de métodos alternativos. Se destaca con fuerza que el VI Programa Marco (VIPM) es un instrumento para "la promoción de la investigación y el desarrollo de nuevos métodos alternativos que no empleen animales." En lo que respecta al desarrollo de métodos alternativos, el Sr. Liikanen expresó la necesidad de que la Unión Europea "desempeñe un papel de liderazgo" en su promoción a nivel internacional." La directiva estimula la aceptación por parte de países no miembros de métodos alternativos desarrollados por la UE. Estas medidas deberán llevarse a cabo "con la debida atención al desarrollo de la validación dentro de la OCDE [Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos]." Se prevé que el Consejo de Ministros siga el ejemplo del Parlamento y apruebe oficialmente la prohibición a finales de enero de 2003.